fotovoltaica

Su mano en mi bolsillo y…, a esperar

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En el mes de diciembre la gran mayoría de las plantas fotovoltaicas no cobraron la prima, como era de esperar, al haber alcanzado las horas equivalentes máximas con derecho a retribución según lo legislado por el anterior gobierno. Es una situación que ocurre desde el pasado mes de agosto y que, salvo modificación del ejecutivo del PP, se repetirá en 2012 y 2013.
Su mano en mi bolsillo y…, a esperar

Los datos de liquidación correspondientes de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) cifran en 47.418 las instalaciones fotovoltaicas que no cobraron la prima en virtud del recorte obligado por el Real Decreto-ley 14/2010. En la práctica esto significa que la retribución regulada total para el sector fotovoltaico fue de poco más de 17 millones de euros (17.058.140 millones €) frente a los más de 328 cobrados en julio. Esos 17 millones contrastan con las percepciones de otras tecnologías como la eólica, que obtuvo más de 179 millones y la cogeneración que rozó los 134.

Muchos productores entienden que la merma en la retribución a su producción vulnera sus derechos y por eso han optado por impugnar las liquidaciones de la CNE. El problema es que las liquidaciones del regulador del sistema no son firmes (definitivas) y hasta que no lo sean no se pueden recurrir. Y preguntarse cuándo serán firmes es mirar al futuro, lejano en el caso de a quien les han metido la mano en el bolsillo hoy y no puede esperar resolución sobre el asunto hasta, tal vez, dentro de dos años.

Un ejemplo. El periodo de alegaciones sobre la liquidación definitiva de los meses de noviembre y diciembre de 2009 se cerró el pasado 3 de febrero y en consecuencia cualquier resolución no será firme hasta después de esa fecha, es decir más de dos años después del momento en el que se generó la energía objeto de facturación. Siguiendo la misma temporalidad es de suponer que la facturación de diciembre de 2011 se resuelva definitivamente a finales de 2013 o principios de 2014. En consecuencia no será hasta después de esa fecha cuando pudieran resolverse las impugnaciones. Suponiendo que el demandante tuviera razón ¿se contempla el pago de lo no cobrado con intereses de demora? Sin respuesta.

Según ha sabido Energías Renovables, el sector fotovoltaico puso en conocimiento de la Audiencia Nacional el tiempo empleado por la CNE en las liquidaciones. La respuesta fue que existe la posibilidad de presentar un recurso por inacción por una situación que los afectados consideran de indefensión ante la Administración. Esta vía presenta dos dificultades. Primero, iniciar un proceso judicial que se demoraría en el tiempo mucho más allá de la urgencia demandada por los productores fotovoltaicos. Y segundo, sería discutible la “inacción” de la CNE, que se limita a aplicar la normativa vigente. “Quizá el problema sea de cambio de normativa”, señalan fuentes del sector fotovoltaico. Mientras tanto, su mano en mi bolsillo…, y a esperar.

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Guillermo
Si no cobran prima, ¿a qué precio se lo pagan? ¿por que siguen inyectando electricidad en la red, no?
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