Las 131 instalaciones suspendidas no han podido acreditar la instalación de los equipos necesarios para la producción de energía eléctrica a 30 de septiembre de 2008, fecha en la que se producía un corte en la percepción económica por la producción de electricidad mediante tecnología fotovoltaica. Quienes estuvieran en orden quedaban regulados por el RD 661/2007 que pagaba 47,5 c€/kWh y quienes no se tenían que conformar con los 32,6 c€/kWh establecidos por el RD 1578/2008.
Para esclarecer la situación la CNE solicitó información a 9.041 instalaciones fotovoltaicas, a los efectos de que acreditaran la instalación de los equipos necesarios para la producción de energía eléctrica a 30 de septiembre de 2008. De estas 9.041 instalaciones requeridas, 840 renunciaron a cobrar la tarifa de 47’5 c€/Kwh. De las 8.201 restantes, se han analizado, hasta la fecha, 5.072 instalaciones, no habiendo acreditado 1.082.
La falta de acreditación de estas 1.082 instalaciones es debida en 791 casos a la no aportación de la documentación requerida en el apartado referido a facturas, albaranes, documentos de aduana. En el resto de las instalaciones, la falta de acreditación es debida a la no aportación de certificado de instalador, certificado de final de obra y referencia catastral.
Estas 1.082 instalaciones representan el 1,99% de las instalaciones fotovoltaicas incluidas en la última liquidación realizada (54.257). En términos de potencia suman 106,49 MW y representan un 22% de los 490,27 MW correspondientes a las 5.072 instalaciones analizadas y un 2,80% de la potencia fotovoltaica liquidada en el mes de mayo (3.799 MW).
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