Los propietarios de las 143 plantas no han podido acreditar la instalación de los equipos necesarios para la producción de energía eléctrica a fecha 30 de septiembre de 2008, de tal manera que se considera que se acogieron irregularmente a la tarifa de 47,5 c€/kWh establecida en el RD 661/2007, en lugar de a los 32,6c€/kWh fijados en el DR 1578/2008, que es lo que correspondía a las instalaciones que estuvieran operativas después del 30 de septiembre de 2008.
Estas 143 plantas se suman a las 808 (951 en total) de las tres entregas anteriores que tampoco pudieron aportar todos los documentos que les requirió la CNE en aplicación de la norma aprobada por el gobierno a efectos de realizar las investigaciones administrativas que se están llevando a cabo. De las 8.200 previstas se han realizado 4.045, el 49,3%.
La falta de acreditación más común en los 951 expedientes abiertos se refiere a la ausencia de facturas, albaranes o documentos de aduanas. Sucede en 681 casos. Las plantas suspendidas de forma cautelar son el 1,7% de las 54.257 instalaciones fotovoltaicas incluidas en la última liquidación realizada por la CNE. En términos de potencia suman 90,13 MW. Representan un 23% de los 392,30 MW correspondientes a las 4.045 instalaciones analizadas y un 2,3 % de la potencia fotovoltaica liquidada en el mes de mayo (3.799 MW).
Los afectados pueden presentar las alegaciones que consideren ante la Dirección General de Política Energética y Minas. Posteriormente el Ministerio de Industria dictaminará.
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